Gianfranco De Girolamo, Author at DGO Legal https://dgo.legal/es/author/gianfranco/ Business and Immigration Law Tue, 14 Jun 2022 22:25:21 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.8.2 https://dgo.legal/wp-content/uploads/2021/10/DGO-Legal-Icon-1-458x450.png Gianfranco De Girolamo, Author at DGO Legal https://dgo.legal/es/author/gianfranco/ 32 32 El formulario I-94 es lo que determina el tiempo que puedes permanecer en los Estados Unidos, ¡no tu visa! https://dgo.legal/es/el-formulario-i-94-es-lo-que-determina-el-tiempo-que-puedes-permanecer-en-los-estados-unidos-no-tu-visa/ https://dgo.legal/es/el-formulario-i-94-es-lo-que-determina-el-tiempo-que-puedes-permanecer-en-los-estados-unidos-no-tu-visa/#comments Wed, 11 Aug 2021 23:51:10 +0000 https://dgo.legal/sandbox/el-formulario-i-94-es-lo-que-determina-el-tiempo-que-puedes-permanecer-en-los-estados-unidos-no-tu-visa/ Acabas de ir al consulado, te aprobaron la visa de turista y te la dieron por 10 años. Increíble, pensaste, ahora puedo ir y quedarme en los Estados Unidos por 10 años… ¡no tan rápido! Una visa no determina el tiempo que puedes quedarte en los Estados Unidos. Mejor piensa en tu visa como un […]

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Acabas de ir al consulado, te aprobaron la visa de turista y te la dieron por 10 años. Increíble, pensaste, ahora puedo ir y quedarme en los Estados Unidos por 10 años… ¡no tan rápido! Una visa no determina el tiempo que puedes quedarte en los Estados Unidos. Mejor piensa en tu visa como un boleto de avión. Te da derecho a subir a un avión y presentarte en la frontera para ser inspeccionado y admitido. Una vez en la frontera, el funcionario de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP) decidirá dos cosas:

  1. Si te admite o no;
  2. Si te admite, por cuánto tiempo serás admitido.

Tu visa determina la duración máxima de la estancia que el funcionario puede concederte, pero el documento al que debes prestar atención es al formulario I-94, que contiene información básica como tu nombre completo, número de pasaporte, nacionalidad, categoría de visa de admisión y durante cuánto tiempo puedes permanecer.

Si llevas mucho tiempo viajando a los Estados Unidos, quizá recuerdes haber llenado una hoja blanca con tu nombre y número de pasaporte. Esa hoja luego era sellada por el oficial de la CBP junto con tu pasaporte. Pues bien, desde 2013 esa hoja ya no se utiliza mucho. En su lugar, hoy en día encontrarás el I-94 online en esta página. Aquí también puedes encontrar tu historial de viaje a Estados Unidos.

 

Asegúrate de revisar el I-94, y no te guíes por la fecha del sello del pasaporte. Lo que importa es el I-94, ya que es lo que permanece en el sistema. Así que revísalo de inmediato, y si ves un error ponte en contacto con el puerto de entrada de la CBP pertinente o con la oficina de inspección diferida para corregirlo, aquí.

 

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Mi artículo de opinión publicado por Los Angeles Times https://dgo.legal/es/mi-articulo-de-opinion-publicado-por-los-angeles-times/ https://dgo.legal/es/mi-articulo-de-opinion-publicado-por-los-angeles-times/#respond Wed, 12 Aug 2020 16:50:28 +0000 https://dgo.legal/sandbox/mi-articulo-de-opinion-publicado-por-los-angeles-times/ Uno de los días que más me enorgullecen en mi vida fue el 16 de diciembre de 2015, cuando me convertí en ciudadano naturalizado de los Estados Unidos. Derramé lágrimas de alegría mientras juraba lealtad a los Estados Unidos en el Centro de Convenciones de Los Ángeles, junto con otros más de 3.000 estadounidenses nuevos. […]

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Uno de los días que más me enorgullecen en mi vida fue el 16 de diciembre de 2015, cuando me convertí en ciudadano naturalizado de los Estados Unidos.

Derramé lágrimas de alegría mientras juraba lealtad a los Estados Unidos en el Centro de Convenciones de Los Ángeles, junto con otros más de 3.000 estadounidenses nuevos. Estaba celebrando un país que me había recibido con los brazos abiertos, me había tratado como uno de los suyos y me abrió puertas que no sabía que existían. Solo unos años antes, en el remoto pueblo del sur de Italia donde crecí, esto habría sido inimaginable.

Otro de mis momentos de mayor orgullo llegó justo un año después, cuando me concedieron un muy disputado puesto en el Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Esto ocurrió a finales de noviembre de 2016, unas semanas después de la elección del presidente Trump.

Como muchos, tenía mis reservas sobre Trump. Pero no vacilé en mi entusiasmo por el puesto. En la facultad de Derecho había aprendido sobre el papel de los funcionarios públicos como empleados gubernamentales apolíticos que trabajan a través de las administraciones, sirviendo fiel, leal y diligentemente a los Estados Unidos bajo el mando de ambos, republicanos y demócratas.

Fui designado abogado asesor y asignado al tribunal de inmigración de Los Ángeles. Allí ayudé a los jueces de inmigración con investigaciones jurídicas, di mi punto de vista sobre las fortalezas y debilidades de los argumentos de las partes, y a menudo escribí los primeros borradores de las opiniones de los jueces.

Muy pronto, sin embargo, el trabajo cambió. En marzo de 2018, James McHenry, el funcionario del Departamento de Justicia que supervisa los tribunales de inmigración como jefe de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración, anunció un mandato que imponía cuotas individuales a todos los jueces. Dijo que cada juez tendría que decidir 700 casos al año.

Con estas nuevas cuotas, que entraron en vigor el 1 de octubre, los jueces de inmigración deberán decidir entre tres y cuatro casos al día -mientras que diariamente revisan docenas de mociones y se mantienen actualizados respecto a sus obligaciones administrativas- o sus puestos de trabajo estarán en peligro.

El anuncio de las cuotas en marzo fue el primero de una serie de ataques desmoralizantes contra los jueces de inmigración este año. En mayo, el Fiscal General Jeff Sessions, quien ya fue despedido por Trump, emitió personalmente una decisión que ponía límites a la capacidad de los jueces de inmigración para utilizar una práctica conocida como cierre administrativo, que permite a los jueces poner los casos en espera indefinida y que, en casos de inmigración, puede ser una herramienta para retrasar las órdenes de deportación.

El Departamento de Justicia aplicó la decisión en julio despojando a un juez de inmigración de Filadelfia de su autoridad en varios casos por seguir utilizando el cierre administrativo.

Todo ello se sumó a un torrente de comentarios denigrantes realizados directamente por el presidente. En junio, Trump tuiteó que no hay razón para proporcionar jueces a los inmigrantes. También rechazó los llamamientos a contratar más jueces de inmigración, diciendo que “necesitamos tener una frontera real, no jueces” y preguntando retóricamente: “¿Quién es esta gente?”.

El efecto desmoralizante sobre los jueces de inmigración era palpable. La moral estaba por los suelos. Yo era nuevo en la administración pública, pero estos jueces, algunos de los cuales han servido de forma continua desde la administración Reagan, dejaron en claro que se trataba de un ataque sin precedentes al sistema de justicia.

Desde hace mucho tiempo he admirado la independencia y la legitimidad con la que cuenta el poder judicial en los Estados Unidos, por eso los ataques a los jueces me parecieron profundamente inquietantes y preocupantes. Me recordaron al alter-ego italiano de Trump, Silvio Berlusconi, que pasó la mayor parte de su mandato como primer ministro de Italia luchando contra las demandas deslegitimando y atacando al poder judicial, llamándolo “un cáncer de la democracia” y acusando a los jueces de ser comunistas.

Expresé mis preocupaciones a mis supervisores y directamente al director McHenry en una carta. Al no ver ninguna oportunidad de marcar una diferencia positiva y no estar dispuesto a seguir dando crédito a este sistema comprometido, presenté mi renuncia en julio, explicando mis razones en una carta.

No era la manera en que quería terminar mi carrera en el gobierno. Esperaba servir a este país durante mucho tiempo. Pero no podía quedarme al margen ni ser cómplice de una campaña mezquina y sin escrúpulos para sabotear el trabajo diario del Departamento de Justicia y de los jueces que prestan servicio en nuestros tribunales de inmigración, una campaña que perjudica a muchos de mis conciudadanos inmigrantes en el proceso.

Gianfranco De Girolamo fue abogado del Departamento de Justicia de 2017 a 2018.

https://www.latimes.com/opinion/op-ed/la-oe-girolamo-immigration-judges-20181126-story.html

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La Visa de Inversor E-2, un gran vehículo para iniciar un negocio en los Estados Unidos con una inversión asequible https://dgo.legal/es/la-visa-de-inversor-e-2-un-gran-vehiculo-para-iniciar-un-negocio-en-los-estados-unidos-con-una-inversion-asequible/ https://dgo.legal/es/la-visa-de-inversor-e-2-un-gran-vehiculo-para-iniciar-un-negocio-en-los-estados-unidos-con-una-inversion-asequible/#respond Wed, 12 Aug 2020 16:47:35 +0000 https://dgo.legal/sandbox/la-visa-de-inversor-e-2-un-gran-vehiculo-para-iniciar-un-negocio-en-los-estados-unidos-con-una-inversion-asequible/ E2 VISA RESUMEN La Visa E2 es un excelente instrumento para los inversores que desean vivir y tener su propio negocio en los Estados Unidos. Como inversor con una Visa E2, también podrá traer a su familia. Las leyes de inmigración de EE.UU. permiten a los ciudadanos de determinados países con los que se ha […]

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E2 VISA

RESUMEN

La Visa E2 es un excelente instrumento para los inversores que desean vivir y tener su propio negocio en los Estados Unidos.

Como inversor con una Visa E2, también podrá traer a su familia.

Las leyes de inmigración de EE.UU. permiten a los ciudadanos de determinados países con los que se ha firmado un tratado solicitar una Visa E2. Para ver si su país cumple con los requisitos, haga clic aquí. Si su país no está en la lista, considere otras opciones como una visa E-B5 o L1.

OTRAS VENTAJAS CLAVE:

  • • A diferencia de otras visas, la E2 es conocida por requerir una inversión menor. No se requiere ninguna inversión mínima para esta visa, aunque la ley exige una cantidad considerable, normalmente más de 75.000 dólares, dependiendo del tipo de negocio.
  • El proceso de la visa E2 también es conocido por ser más rápido que el de otras visas para inversores. Dependiendo del consulado, una E2 puede ser aprobada en solo unas semanas. Otras visas pueden tardar un año o más en ser aprobadas.
  • Con una visa E2, también puede traer empleados de su propio país.
  • Aunque las E2 son visas para no inmigrantes, permiten a los inversores ser dueños de su propio negocio y, en última instancia, de su propia vida.
  • Las visas E2 pueden renovarse indefinidamente siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. Muchos países las conceden en incrementos de 5 años.
  • Las visas E2 no tienen límites anuales ni listas de espera, a diferencia de las visas EB-5.

Si usted cree que este podría ser su caso y está listo para comenzar una nueva vida para usted y su familia, por favor no dude en llamarnos y programar una consulta GRATIS haciendo clic aquí.

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Actualizaciones de la visa E-2: Israel y Nueva Zelanda son elegibles para el Sueño Americano https://dgo.legal/es/actualizaciones-de-la-visa-e-2-israel-y-nueva-zelanda-son-elegibles-para-el-sueno-americano/ https://dgo.legal/es/actualizaciones-de-la-visa-e-2-israel-y-nueva-zelanda-son-elegibles-para-el-sueno-americano/#respond Wed, 12 Aug 2020 16:45:40 +0000 https://dgo.legal/sandbox/actualizaciones-de-la-visa-e-2-israel-y-nueva-zelanda-son-elegibles-para-el-sueno-americano/ Grandes noticias para los ciudadanos israelíes y neozelandeses con al menos 50.000 dólares en su cuenta bancaria: ellos también pueden perseguir el sueño americano. La E-2, una visa poco conocida que permite a los inversores iniciar un negocio en los Estados Unidos, traer a su familia e incluso a empleados de su propio país, al […]

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Grandes noticias para los ciudadanos israelíes y neozelandeses con al menos 50.000 dólares en su cuenta bancaria: ellos también pueden perseguir el sueño americano. La E-2, una visa poco conocida que permite a los inversores iniciar un negocio en los Estados Unidos, traer a su familia e incluso a empleados de su propio país, al fin está disponible para ellos.

El Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció que las solicitudes de visas E-2 se aceptarán en Tel Aviv a partir del 1 de mayo de 2019. Haga clic aquí para obtener más información.

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Visa de Inversionista E-2: ¿Es una franquicia la mejor manera de desarrollar su negocio en los Estados Unidos? https://dgo.legal/es/visa-de-inversionista-e-2-es-una-franquicia-la-mejor-manera-de-desarrollar-su-negocio-en-los-estados-unidos/ https://dgo.legal/es/visa-de-inversionista-e-2-es-una-franquicia-la-mejor-manera-de-desarrollar-su-negocio-en-los-estados-unidos/#respond Wed, 12 Aug 2020 16:43:49 +0000 https://dgo.legal/sandbox/visa-de-inversionista-e-2-es-una-franquicia-la-mejor-manera-de-desarrollar-su-negocio-en-los-estados-unidos/ La visa E-2 es el secreto mejor guardado para los empresarios extranjeros que desean vivir el sueño americano. Por ello, cuando los clientes nos consultan sobre la posibilidad de invertir en los Estados Unidos, a menudo planteamos la posibilidad de abrir una franquicia como vehículo para obtener la visa de inversor E-2 (para obtener información […]

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La visa E-2 es el secreto mejor guardado para los empresarios extranjeros que desean vivir el sueño americano. Por ello, cuando los clientes nos consultan sobre la posibilidad de invertir en los Estados Unidos, a menudo planteamos la posibilidad de abrir una franquicia como vehículo para obtener la visa de inversor E-2 (para obtener información sobre la E-2, haga clic aquí).

 

A menudo los clientes cubren varios de los requisitos para la E-2, como ser ciudadano de un país con tratado (ver lista de países con tratado aquí) o tener una cantidad sustancial de dinero para invertir. Sin embargo, un problema común es no saber dónde ni cómo invertir el dinero. Para estos casos, invertir en una franquicia puede ser la solución perfecta.

Ventajas clave de las franquicias:

  • Los funcionarios consulares analizarán que el negocio sea operativo, viable y no marginal. Al elegir una franquicia establecida, puede ser más fácil establecer estos requisitos porque las franquicias suelen tener un historial de éxito con un plan de negocio probado y, por tanto, los funcionarios consulares pueden estar ya familiarizados con ellas.
  • La creación de un nuevo negocio puede ser una tarea compleja y estresante. Sin embargo, entre otras ventajas, las franquicias brindan al inversor asistencia y formación en materia de gestión, ofreciéndole soluciones y orientación en un negocio que de otra manera puede resultar difícil.
  • Las franquicias existen en diversos sectores, son flexibles y pueden ajustarse a diferentes presupuestos.

Pero como los franquiciados inversores normalmente tienen que pagar regalías al franquiciador y seguir sus indicaciones, hay que investigar a fondo antes de elegir su franquicia perfecta.

Podemos ayudarle en cada paso del proceso, desde la verificación de su elegibilidad para una visa E-2 hasta ayudarle a encontrar la mejor franquicia para sus necesidades.

LLAME HOY AL 213-278-4073 PARA COMENZAR SU AVENTURA AMERICANA.

Si usted cree que este podría ser su caso y está listo para comenzar una nueva vida para usted y su familia, por favor no dude en llamarnos y programar una consulta GRATIS haciendo clic aquí.

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Visa O-1b para Artistas https://dgo.legal/es/o-1b-visa-for-artists/ https://dgo.legal/es/o-1b-visa-for-artists/#respond Wed, 12 Aug 2020 16:36:36 +0000 https://dgo.legal/sandbox/o-1b-visa-for-artists/ ¿QUÉ ES LA VISA O-1? Es una visa de no inmigrante para personas que poseen una habilidad extraordinaria en en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes, o que han demostrado logros extraordinarios en la industria del cine o la televisión con reconocimiento nacional o internacional. La visa específica para artistas […]

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¿QUÉ ES LA VISA O-1?

Es una visa de no inmigrante para personas que poseen una habilidad extraordinaria en
en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes, o que han demostrado
logros extraordinarios en la industria del cine o la televisión con reconocimiento nacional o internacional.
La visa específica para artistas es la O-1B y tiene ventajas importantes respecto a
otros tipos de visas de trabajo.

¿Cuáles son sus características y ventajas?

Esta visa tiene la ventaja de que permite al cónyuge y a los hijos solteros menores de
21 años del artista obtener la misma visa, conocida como O-3. Aunque no podrán
trabajar, sí pueden estudiar.

Además, también se puede conceder
la visa a un asistente del artista que sea esencial para el proyecto. El asistente debe tener habilidades y experiencia que no
se puedan encontrar en un trabajador estadounidense.

La visa se concede por un máximo de 3 años. Posteriormente, el USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración
de los Estados Unidos) puede conceder prórrogas de un año,
siempre que el proyecto artístico continúe y requiera más tiempo.
Además, la visa O-1B tiene la ventaja, frente a otras visas de trabajo, de no tener
un límite anual en el número de visas que se pueden conceder.
Aunque la visa O-1B pertenece a la categoría de “no inmigrantes”, una vez obteniéndola, es mucho más fácil conseguir
la visa EB-1.

¿Cuáles son los criterios para obtenerla?

El artista debe demostrar una capacidad extraordinaria, evidenciada por la fama nacional o internacional,
, y tener la intención de emigrar temporalmente a
Estados Unidos para trabajar en su área de habilidad extraordinaria.

Por habilidad extraordinaria se entiende un nivel de experiencia que solo se encuentra en un pequeño porcentaje de artistas.

El artista debe demostrar distinción, en el sentido de un nivel de reconocimiento evidenciado por habilidades
significativamente superiores a las del artista promedio.

¿Qué pruebas necesito?

Debe obtenerse una carta escrita por un grupo, asociación o unión de artistas
artistas (como una asociación de interesados) o una persona con experiencia en el área de habilidades
del artista. Si no existe tal asociación, el artista debe demostrarlo. Se
recomienda presentar las versiones originales -si es posible, con membrete-
de los documentos para que no haya dudas sobre su autenticidad
y así evitar retrasos.

El artista debe tener una oferta de trabajo concreta antes de presentar la solicitud
y contar con un agente El agente puede ser el empleador directo del artista, el representante
del empleador y el artista o una persona o entidad autorizada por el empleador para
actuar como agente.

También debe presentarse el contrato entre el empleador y el artista. Este contrato puede ser
escrito o verbal, en cuyo caso deben aportarse pruebas que lo demuestren
(correos electrónicos, chats, etc.).
Además, debe presentarse un itinerario en el que se explique la naturaleza de los eventos o
actividades con las fechas de inicio y fin. Ejemplo: el itinerario de una gira o serie
de eventos.
También se deben presentar pruebas de que el artista ha ganado o ha sido nominado
a un premio nacional o internacional reconocido, como un Oscar, un Emmy, un Grammy
o un premio del gremio de directores o, en su defecto, pruebas de al menos 3 de las siguientes
categorías:

1. Ha prestado y prestará servicios como participante principal o protagonista en producciones o eventos que gozan de una reputación distinguida, como demuestran las críticas, los anuncios, los comunicados de prensa, las publicaciones o los contratos.

2. Haber obtenido un reconocimiento nacional o internacional por sus logros, con evidencias como reseñas u otros materiales publicados por el beneficiario o sobre él en periódicos, revistas u otras publicaciones de renombre.

3. Ha desempeñado y desempeñará un papel destacado, principal o crítico para organizaciones y establecimientos que tengan una reputación distinguida, demostrado con artículos en periódicos, revistas especializadas, publicaciones o testimonios.

4. Un historial de grandes éxitos comerciales o de crítica, demostrado con indicadores tales como el título, la calificación o la posición en el ámbito artístico, la recaudación de taquilla, los índices de audiencia en cine o televisión y otros logros publicados en revistas especializadas, periódicos importantes u otras publicaciones.

5. Haber recibido un reconocimiento significativo por sus logros por parte de organizaciones, críticos, agencias gubernamentales u otros expertos reconocidos en el campo en el que el receptor está involucrado, y los testimonios indican claramente la autoridad, experiencia y conocimiento del autor sobre los logros del receptor.

6. Un salario elevado u otra remuneración sustancial por los servicios prestados en relación con otros en el campo, demostrado por contratos y otras pruebas.
También pueden aceptarse otras pruebas pertinentes.

Si está interesado en saber más sobre esta visa u otras formas de vivir en los Estados Unidos, póngase en contacto con nosotros en el +1 (213) 278-4073 o en info@dgo.legal para programar su consulta.

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Este sitio web y su blog constituyen publicidad de abogados. No considere nada en este sitio web o blog como asesoramiento legal y nada en este sitio web constituye la formación de una relación abogado-cliente. Reserve una consulta con nosotros antes de actuar utilizando cualquier información que lea aquí. Los resultados pasados no son garantía de resultados futuros y los resultados anteriores no implican ni predicen resultados futuros. Cada caso es diferente y debe juzgarse por sus propios méritos.

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LLC: El Agente Registrado Y La Privacidad https://dgo.legal/es/llc-el-agente-registrado-y-la-privacidad/ https://dgo.legal/es/llc-el-agente-registrado-y-la-privacidad/#respond Wed, 12 Aug 2020 16:33:51 +0000 https://dgo.legal/sandbox/llc-el-agente-registrado-y-la-privacidad/ La “limited liability company” o LLC es un excelente tipo societario por diversas razones de practicidad, impositivas, etc. Todos los días, a lo largo y ancho de los Estados Unidos se registran miles de LLCs para diversos tipos de empresas. El registro de LLCs funciona a nivel estatal y está a cargo de las Secretarías […]

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La “limited liability company” o LLC es un excelente tipo societario por diversas razones de practicidad, impositivas, etc. Todos los días, a lo largo y ancho de los Estados Unidos se registran miles de LLCs para diversos tipos de empresas.

El registro de LLCs funciona a nivel estatal y está a cargo de las Secretarías de Estado. Cada secretaría tiene sus diferencias en requisitos y precios, por lo cual es importante asesorarse muy bien, no sólo en la elección del tipo societario más adecuado según los intereses del cliente, sino respecto de qué pide cada estado.

En general, para la formación de una LLC, se requiere la elección de un agente registrado, que es quien recibe la correspondencia, las notificaciones o las demandas judiciales.

El agente registrado deberá tener domicilio en el estado y cuya dirección no sea un buzón postal (o “PO box”) o de UPS. Esta persona puede ser uno de los dueños de la LLC, una persona de confianza o también existen empresas que ofrecen el servicio de figurar como agente y recibir la correspondencia.

Un importante beneficio que tiene contratar a una empresa para que actúe como agente registrado es la privacidad. Ten en cuenta que el nombre y la dirección del agente registrado no solo figurará en los registros públicos societarios del estado. Sino que, además, esa información se publicará en otros sitios web que republican la información. De ese modo, una simple búsqueda en Google arrojará esos datos.

Si no quieres figurar como agente, existen empresas que ofrecen este servicio por una tarifa que puede ir desde $ 125 a $ 300 por año. De ese modo, ellos figuran como agente registrado en los registros públicos, escanean las notificaciones y te la envían por correo electrónico.

De esta forma, al contratar este servicio, no sólo no es necesario tener una oficina con una persona disponible durante todos los días hábiles, sino que, además, el nombre del dueño de la LLC no figurará en los registros públicos, resguardando su privacidad.

¿Estás pensando en formar una LLC? En DGO Legal tenemos amplia experiencia y podemos asesorarte respecto de cuál es el tipo societario más adecuado para tu nuevo emprendimiento.

HAGA CLICK AQUÍ PARA EMPEZAR SU LLC

Llámanos hoy al +1 (213) 278-4073 o escríbenos a info@dgo.legal y te ayudaremos a empezar tu nuevo negocio.

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9 Razones Para Presentar Una Solicitud De Foia Antes De Solicitar Un Beneficio De Inmigración https://dgo.legal/es/9-razones-para-presentar-una-solicitud-de-foia-antes-de-solicitar-un-beneficio-de-inmigracion/ https://dgo.legal/es/9-razones-para-presentar-una-solicitud-de-foia-antes-de-solicitar-un-beneficio-de-inmigracion/#respond Wed, 12 Aug 2020 16:32:19 +0000 https://dgo.legal/sandbox/9-razones-para-presentar-una-solicitud-de-foia-antes-de-solicitar-un-beneficio-de-inmigracion/ ¿QUÉ ES FOIA? FOIA es la sigla de la Ley de Libertad de Información. Esta ley permite a cualquier persona solicitar registros del gobierno de los Estados Unidos sobre prácticamente cualquier cosa, incluyendo sus propios registros personales. Presentar una solicitud de FOIA es el equivalente a hacer una verificación de sus antecedentes. De esta forma, […]

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¿QUÉ ES FOIA?

FOIA es la sigla de la Ley de Libertad de Información. Esta ley permite a cualquier persona solicitar registros del gobierno de los Estados Unidos sobre prácticamente cualquier cosa, incluyendo sus propios registros personales. Presentar una solicitud de FOIA es el equivalente a hacer una verificación de sus antecedentes. De esta forma, puede ver qué información tiene el gobierno sobre usted. En algunos países existen legislaciones similares y a veces son denominadas como “habeas data”.

El problema es que hay varias agencias que se ocupan de su información personal. En la práctica, esto significa que tienes que presentar tu solicitud de FOIA en varias agencias, hasta 7 dependiendo de tu caso, para asegurarte de obtener toda la información y responder a la pregunta clave: ¿Qué sabe el gobierno sobre mí?

¿QUÉ AGENCIAS TIENEN TU INFORMACIÓN?

Dependiendo de su caso, las siguientes agencias pueden tener su información de inmigración. Puedes presentar la FOIA en cualquiera de estas agencias.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS)
Aduanas y Protección de la Frontera de los Estados Unidos (CBP)
Oficina de Inmigración y Aduanas de los Estados Unidos (ICE)
Oficina de Gestión de la Identidad Biométrica
Oficina Ejecutiva de los Estados Unidos para la Revisión de la Inmigración (EOIR, Tribunal de Inmigración)
Departamento de Estado de los Estados Unidos
Departamento de Trabajo de los Estados Unidos

9 RAZONES PARA PRESENTAR UNA SOLICITUD DE FOIA

  • Saber qué información tiene el gobierno sobre usted
  • Compruebe si tiene derecho a solicitar un beneficio de inmigración
  • Prepare y presente su solicitud con confianza
  • Ahorrar dinero en posibles errores o aplicaciones innecesarias
  • Evita que te pongan en proceso de deportación presentando solicitudes para las que no eres elegible
  • Compruebe si hay otras solicitudes de inmigración presentadas por tus parientes
  • Corregir los errores en tu expediente, incluyendo el robo de identidad.
  • Eliminar las sorpresas
  • Gana la paz mental

Contáctenos HOY al +1(213) 278-4073 o en info@dgo.legal para programar su consulta y le ayudaremos a comenzar su FOIA.

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Visa E-2: Requisitos Esenciales https://dgo.legal/es/visa-e-2-requisitos-esenciales/ https://dgo.legal/es/visa-e-2-requisitos-esenciales/#respond Wed, 12 Aug 2020 01:16:04 +0000 https://dgo.legal/sandbox/visa-e-2-requisitos-esenciales/ LA VISA E-2 SE HA CONVERTIDO EN EL ÚLTIMO TIEMPO EN LA VISA ESTRELLA PARA LOS INVERSORES ALREDEDOR DEL MUNDO QUE QUIEREN EMIGRAR A ESTADOS UNIDOS CON SUS FAMILIAS Y ESTABLECER SU PROPIO NEGOCIO. ESTO SE DEBE, FUNDAMENTALMENTE, A QUE LA INVERSIÓN REQUERIDA ES SUSTANCIALMENTE MENOR A LOS $900.000 O $1.800.000 QUE REQUIERE LA OTRA […]

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LA VISA E-2 SE HA CONVERTIDO EN EL ÚLTIMO TIEMPO EN LA VISA ESTRELLA PARA LOS INVERSORES ALREDEDOR DEL MUNDO QUE QUIEREN EMIGRAR A ESTADOS UNIDOS CON SUS FAMILIAS Y ESTABLECER SU PROPIO NEGOCIO. ESTO SE DEBE, FUNDAMENTALMENTE, A QUE LA INVERSIÓN REQUERIDA ES SUSTANCIALMENTE MENOR A LOS $900.000 O $1.800.000 QUE REQUIERE LA OTRA VISA DE INVERSOR, LA EB-5.

Ahora bien, ¿cuáles son los requisitos esenciales para aplicar con éxito a una visa E2? A los efectos de realizar un análisis más sencillo de comprender, dividiremos los requisitos según sean del negocio o del peticionante.

Requisitos del negocio:

  1. Nacionalidad: al menos el 50% de la propiedad de la compañía debe pertenecer a un nacional de un país que tenga un tratado E-2 con EEUU. Consulte la lista actualizada de países que califican haciendo clic AQUÍ.
  2. Inversión activa: El inversor ha invertido o está activamente en el proceso de invertir fondos que serán comprometidos irrevocablemente al negocio y que no provienen de actividades criminales.
  3. Negocio real y operativo: El negocio debe ser real y operativo y deberá ofrecer bienes o servicios, cumpliendo con los requisitos legales para realizar ese tipo de negocio en la jurisdicción americana en donde se planea realizarlo. Ejemplo: Si una persona quiere formar un despacho de abogados en Nueva York y trabajar de abogado, deberá obtener la licencia de abogado del Bar de Nueva York.
  4. Inversión sustancial: las leyes migratorias no especifican un monto mínimo de inversión. Sin embargo, establecen que deberá ser “sustancial y proporcional” al costo de negocio. Por ejemplo, si una persona quiere abrir una fábrica de transbordadores espaciales, deberá invertir varios millones de dólares. Pero si quiere abrir un restaurante, la inversión será mucho menor.
  5. Además, la inversión deberá ser suficiente para garantizar el compromiso financiero necesario para el éxito del negocio.
  6. La inversión no debe ser marginal para el inversor, en el sentido de que debe tener la capacidad de generar un ingreso suficiente para proveer al inversor y su familia -o al empleado y su familia-. O debe tener la capacidad presente o futura -dentro del término de 5 años- de generar una contribución económica significativa.

Requisitos del aplicante:

  1. Nacionalidad: El inversor debe ser nacional del país que tiene un tratado de comercio E2 con EEUU. Si uno quiere contratar un manager o empleado esencial con una visa E-2, éstos deberán poseer la misma nacionalidad que el inversor. Este requisito NO se aplica a los dependientes (cónyuge e hijos no casados menores de 21 años).
  2. Intención de volver a su país: El aplicante debe expresar claramente su intención de regresar a su país una vez que termine su estatus E-2. Por supuesto, también debe tenerse en cuenta que la visa E-2 puede renovarse indefinidamente, en tanto y cuanto el negocio continúe siendo operativo.

Si está interesado en conocer más sobre esta visa u otras vías para vivir en EE.UU., contáctenos al +1 (213) 278-4073 o a info@dgo.legal para programar una consulta.

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